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Reforma del Artículo 92 Ter de la Ley de Contrato de Trabajo
1 de febrero de 2009
1. INTRODUCCIÓN
Nuevamente, {“entre gallos y medianoches”} el boletín oficial nos sorprende con una nueva reforma en la legislación laboral. En este caso el contrato de trabajo a tiempo parcial legislado por el artículo 92 ter de la Ley de Contrato de Trabajo. Como de costumbre, sin debate entre todos los actores sociales, sin repercusión mediática previa, tomándonos por sorpresa, van apareciendo cambios casi semanales en la legislación laboral.
En lugar de sentar un debate necesario y democrático previo de todos los aspectos que se estime modificar sobre la... >
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1 de febrero de 2009
,por Medrano, Marcela
1. REGULARIZACIÓN IMPOSITIVA
La Ley Nº 26.476 (B.O. del 24/12/2008) establece un régimen de regularización impositiva, de promoción y protección del empleo registrado, de exteriorización y de repatriación de capitales.
Los contribuyentes y responsables de los impuestos y de los recursos de la seguridad social, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, podrán acogerse por las obligaciones vencidas o infracciones cometidas al 31 de diciembre de 2007 al régimen de regularización de deudas... >
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26 de enero de 2009
,por Medrano, Marcela
Con la sanción de la [ley 26.474 (BO 23/01/2009)->http://www.dentrode.com.ar/engine/spip.php?article29954] se sustituye el artículo 92 ter de la ley 20744 (t o 1976) -LCT- quedando el mismo redactado de la siguiente manera:
1. El contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel en virtud del cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad. En este caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador... >
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14 de enero de 2009
En el caso de un empleado que trabaja por media jornada, ¿para el cálculo del aguinaldo, se toma el aguinaldo que le corresponde por la jornada reducida o se calcula el aguinaldo según jornada completa?
Para el cálculo del aguinaldo se toma la mejor remuneración del trabajador devengada en el semestre.
Libro recomendado:
[Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales (8º Edición)->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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15 de diciembre de 2008
Un empleado fue despedido en el segundo mes de prueba y le intima al empleador la certificación de servicios. ¿En el período de prueba es obligatorio extenderla? ¿La certificación se obtiene a través de la página de A.F.I.P.?
Es obligación entregar la certificación de servicios. La Certificación se obtiene a través de la página de A.F.I.P.. A tal efecto se debe dar de alta el servicio “Mi Certificación Anses” y luego opera a través de “Mi Simplificación”, opción “Otros Servicios”. >
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10 de diciembre de 2008
¿Antes de despedir a un trabajador, hay que pedir permiso al Ministerio de Trabajo? ¿Qué norma reglamenta esta cuestión?
En principio, el empleador puede despedir a los trabajadores pagando todo lo que corresponde en concepto de indemnización por antigüedad. Si el despido es por fuerza mayor –siempre que afecte a más del quince por ciento (15%) de los trabajadores en empresas de menos de cuatrocientos (400) trabajadores; a más del diez por ciento (10%) en empresas de entre cuatrocientos (400) y mil (1.000) trabajadores–, se deberá tramitar el procedimiento preventivo de... >
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Su Análisis
1 de diciembre de 2008
,por Rodríguez Massuh, Emilio
1. INTRODUCCIÓN
El artículo sin número agregado a continuación del artículo 92 de la Ley de Contrato de Trabajo establece {“que el contrato por tiempo indeterminado, excepto el referido en el artículo 96, se entenderá celebrado a prueba durante los primeros tres (3) meses de vigencia”}.
Esto implica que toda relación por tiempo indeterminado, salvo el contrato de temporada, será a prueba por los tres (3) primeros meses.
Lo mencionado no implica que cualquiera de las partes (trabajador o empleador) pueda extinguir la relación. Ahora bien, en el transcurso del... >
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19 de noviembre de 2008
¿Si un empleado envía un telegrama de renuncia retroactivo, es válido? ¿Éste puede ser rechazado por el empleador, teniendo en cuenta que se le puede aplicar una multa a este último por informar en forma tardía la baja en “miSimplificación”?
El empleador no puede rechazar el telegrama de renuncia, es un acto jurídico unilateral donde el trabajador expresa su voluntad de romper el contrato de trabajo que lo unía a ese empleador. Si el trabajador se ausento varios días sin justificar su ausencia, el empleador debía emplazarlo, lo que luego desemboca en la ruptura y ahí... >
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7 de noviembre de 2008
Con la sanción de la Ley 24013 publicada en el boletín oficial el 17/12/1991, se estableció un procedimiento legal para moderar los despidos a raíz de los efectos que producen las crisis, por cambios en la economía del país y que llevan a las empresas y trabajadores a situaciones de reducción de la actividad productiva, con la consiguiente suspensión de la actividad laboral o el despido en muchos casos.
¿Que es el procedimiento preventivo de crisis?
En la practica se traduce en la protección del trabajador y su continuidad en el empleo. Dilatando despidos masivos y el... >
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Su Análisis
1 de mayo de 2008
,por De Luca, Lorena F.
1. INTRODUCCIÓN
El Decreto Nº 1.694/2006, reglamenta el funcionamiento de las empresas de servicios eventuales y de los contratos de trabajo celebrados en su seno, en virtud de lo dispuesto por el artículo 29, último párrafo, de la Ley de Contrato de Trabajo –Ley Nº 20.744– (t.o. 1976) y los artículos 75 a 80 de la Ley Nº 24.013.
El objetivo concreto de esta norma es evitar el uso abusivo o fraudulento en este tipo de empresas, reafirmando la regla de indeterminación del plazo que emerge de los artículos 90 y 91 de la Ley de Contrato de Trabajo y evitar la actuación... >
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Plenario Nº 310
1 de junio de 2006
{“RUIZ, VÍCTOR HUGO c/UNIVERSIDAD ARGENTINA DE LA EMPRESA U.A.D.E. s/DESPIDO”}
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, CAPITAL FEDERAL, DEL 01/03/2006
Este plenario unifica la jurisprudencia en cuanto a si es aplicable la duplicación de la indemnización contemplada en el artículo 16 de la Ley Nº 25.561 en los casos de despido indirecto.
El artículo 16 de la Ley Nº 25.561 dispuso la suspensión de los despidos sin causas, y estableció para los casos en que se incumpliera esta normativa la duplicación de las indemnizaciones de ley, con el fin de intensificar... >
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Contrato de Trabajo Eventual
1 de octubre de 2004
,por Varela, Marcelo Gabriel
1. INTRODUCCIÓN
Entres las diversas formas de contratación de personal que la legislación laboral prevé se destaca, y está entre las más utilizadas, la prevista por el artículo 99 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley Nº 20.744), referida al contrato de trabajo eventual. Esta modalidad de contratación es introducida por el artículo 68 de la Ley Nacional de Empleo (Ley Nº 24.013).
El artículo 99 de la Ley Nº 20.744 dice textualmente:
{“ Caracterización
Artículo 99— Cualquiera sea su denominación, se considerará que media contrato de trabajo eventual cuando... >
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